Martes 17 de Febrero 2026.
¿Cuánto cuesta coludirse en Chile? Cuando la Multa se Transforma en Inversión.
Escrito por Hans Salinas | Abogado Analista de Cumplimiento.
La reciente aprobación del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) al acuerdo conciliatorio entre la Fiscalía Nacional Económica (FNE), Delivery Hero y Glovo, que se tradujo en un pago a beneficio fiscal de US$ 31,5 millones, instala dudas respecto del rol que estas instancias cumplen frente a conductas que atentan en el orden público económico.
A mediados de 2025, la FNE habría solicitado una multa cercana a los US$ 74 millones por un acuerdo internacional de reparto de mercados que implicó la salida de Glovo de Chile y otros países, en el contexto de plena pandemia, con consumidores forzados a depender de plataformas digitales.
Sin embargo, la persecución de este acto culmina en una conciliación por menos de la mitad de lo originalmente perseguido, esto es US$ 31,5 millones, lo que inevitablemente deja una sensación de insuficiencia y desconfianza.
Desde una perspectiva procesal, la conciliación, como equivalente jurisdiccional puede ser comprendido como una solución eficiente, puesto que permite evitar un lato proceso, y garantiza una sanción inmediata. No obstante, el razonamiento detrás de un acuerdo no siempre es compatible con los objetivos que busca el derecho de la libre competencia, dejando una sensación de impunidad, pese a que jurídicamente exista una sanción.
Desde el compliance, el mensaje resulta aún más difuso. Cuesta dimensionar el hecho de tener que capacitar a un directorio y altos ejecutivos para que no tripliquen sus ganancias, por una sanción que no resulta proporcional al mercado de las plataformas de delivery. Es en esa lógica que se pierde el carácter disuasivo de una sanción para pasar a ser un costo operacional más.
A los montos establecidos como multa, se suma el compromiso de Delivery Hero de implementar capacitaciones anuales en libre competencia para sus principales ejecutivos locales durante cinco años. Aunque la medida resuena positivamente, resulta discutible que se presente como un correctivo, y no como una política permanente o estándar básico de gobernanza corporativa.
Cabe señalar, que este caso no fue sancionado únicamente en Chile. En Europa, la Comisión Europea multó a las mismas empresas con aproximadamente US$ 350 millones en el denominado “Cartel del Delivery”, lo que refuerza la percepción de una asimetría relevante en la intensidad de las respuestas regulatorias.
En el fondo, este caso no es un mero recordatorio de que conductas anticompetitivas siguen siendo llamativas para ciertas organizaciones, sino también nos invita preguntarnos qué sucede con el impulso procesal que debiera tener el órgano persecutor de este tipo de ilícitas, son preguntas que pueden llevar a cuestionarnos además si nuestro sistema procesal está dotado de agentes capacitados en el agotamiento de todas las instancias para obtener sanciones ejemplificadoras.