addyra · Columna de opinión.
Ley Karin: suspenderla o hacerla funcionar.
La discusión sobre la Ley Karin volvió al centro del debate público. Un grupo de parlamentarios propone suspender sus efectos por hasta cinco años, argumentando la saturación del sistema, los extensos tiempos de tramitación y las dificultades prácticas de su aplicación.
Antes de discutir la conveniencia de esa medida, conviene ir a la base del problema: ¿qué está fallando?
La ley cumplió con lo que se propuso en un aspecto central: facilitó el acceso a mecanismos de denuncia y obligó a las organizaciones a contar con canales formales para recibirlas. Pero facilitar el acceso no significa que toda situación deba transformarse en una investigación bajo el mismo estándar. Ahí aparece la primera brecha: falta un mecanismo de admisibilidad y clasificación inicial, con criterios validados por la Dirección del Trabajo.
Los datos acompañan esa lectura. El balance 2025 de la Dirección del Trabajo, publicado en enero de 2026, muestra que cerca del 80% de las denuncias en tramitación no había constatado vulneración. El dato no permite afirmar que esas denuncias fueran falsas, pero sí obliga a preguntarse cuántos de esos casos podrían haberse canalizado desde una etapa preventiva, sin llegar a una investigación formal.
Detrás hay un matiz conceptual que la ley no distingue: un conflicto laboral no es necesariamente acoso laboral.
Una discusión con una jefatura, una evaluación de desempeño cuestionada, un problema de comunicación: todas pueden generar malestar y requerir intervención, pero no constituyen acoso. La realidad del trabajo es más compleja que la lógica binaria de “hay o no hay acoso”. En cualquier organización existen problemas de liderazgo, conflictos interpersonales y tensiones de clima laboral, y cada uno exige una respuesta distinta a un proceso investigativo.
Entonces, ¿qué Ley Karin necesitamos?
El foco original estaba puesto en la prevención. Terminamos, en cambio, con miles de denuncias y una Dirección del Trabajo procesando un volumen que tensiona su capacidad de respuesta.
Suspender la ley por cinco años le daría un respiro al sistema, pero a un costo alto: retroceder en prevención, detección y abordaje de situaciones que antes permanecían invisibilizadas. También arriesga quebrar los procesos de concientización que muchas organizaciones han venido construyendo durante los últimos dos años.
El camino no es suspender, sino corregir. Necesitamos un sistema ágil y capaz de distinguir: el conflicto laboral debe gestionarse; el acoso debe investigarse y, cuando corresponda, sancionarse.
Ese, y no la suspensión, es el verdadero centro de la discusión sobre el futuro de la Ley Karin.