Martes 14 de octubre 2025.
Sobreautomatización corporativa: negligencia disfrazada de eficiencia
Escrito por Hans Salinas | Abogado Analista de Cumplimiento.
Una lección sobre el caso Deloitte Australia y el libertinaje tecnológico aplicado a la consultoría.
El reciente caso protagonizado por Deloitte Australia y el uso negligente de inteligencia artificial (IA) nos dejó una valiosa, aunque involuntaria, lección sobre los límites de estas herramientas en consultoría. Vale la pena reflexionar en cómo estamos usando estas herramientas, sobre todo cuando el cumplimiento normativo y la confianza corporativa están en juego.
El hecho nos refleja un fenómeno que crece en el mundo corporativo, sin políticas, marcos éticos ni regulaciones que acompañen el ritmo del avance tecnológico. Preliminarmente, quiero advertir que no se trata de demonizar la automatización, sino de analizar que un uso desmedido y sin supervisión, nos pone frente a un escenario de libertinaje digital de alto costo reputacional.
Automatización proviene del griego automatos, que significa “que se mueve por sí mismo”. Sin embargo, la inteligencia artificial no se mueve por sí misma en el sentido de ejercer un razonamiento autónomo, simplemente, y a grandes rasgos, predice qué palabra encaja mejor en un contexto dado, lo que puede dar la ilusión de conciencia. Esta premisa, nos lleva a preguntar ¿qué ocurre cuando las empresas delegan en IA decisiones que involucran datos personales, procesos sensibles o secretos comerciales? ¿Qué riesgos legales y sanciones pueden derivarse de un uso descuidado de estas tecnologías?
Aventurándonos en materia de sanciones, podríamos encontrarnos ante una conducta que, a priori, resulta atípica del derecho penal, por lo que no es posible atribuir responsabilidad como ocurriría con la lex artis médica. Más evidente resulta el análisis desde el punto de vista contractual, donde se podría configurar una responsabilidad civil en base a la falta de aquella máxima diligencia que debe emplearse en el cumplimiento de una obligación contractual. Sin ahondar en las discusiones doctrinarias que reviste la materia de la negligencia, el mensaje del caso fue más claro, y es que la pérdida de confianza se posiciona como una sentencia a la cual no es posible apelar.
El caso puede significar un cambio de paradigma en cuanto al impacto de nuevas tecnologías aplicadas a servicios especializados, y sienta precedentes para abrir la discusión a la persecución legal que debe tener este nuevo tipo de negligencias.
Frente a ello, el llamado a las organizaciones de fortalecer políticas internas, capacitar equipos y adecuar los códigos de ética ya no es una opción, sino una exigencia para este nuevo escenario.
En sectores donde las prestaciones exigen precisión y criterio, las soluciones deben apuntar a ser verdaderos trajes a medidas. La eficiencia debe ir de la mano con los máximos estándares, y no debe estar condicionada a la eficiencia del mismo, en ese sentido el caso refuerza que la tecnología puede asistir, pero no decidir.
por Hans Salinas, Addyra ®